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La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR), es el órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dotado de autonomía técnica y facultades ejecutivas, con competencia funcional en los términos de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, a cargo de la coordinación, regulación, supervisión y vigilancia de los sistemas de ahorro para el retiro.

La Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, le otorga a CONSAR facultades ejecutivas, consistentes en:  

Regular, mediante la expedición de disposiciones de carácter general y regulación prudencial; la constitución, organización, funcionamiento, participación y operación, de los participantes en los Sistemas de Ahorro para el Retiro; la recepción, depósito, transmisión y administración de las cuotas y aportaciones de seguridad social, así como la transmisión, manejo e intercambio de información entre las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, los institutos de seguridad social y los participantes en los sistemas, determinando los procedimientos para el buen funcionamiento del sistema.

Otorgar, modificar o revocar las autorizaciones y concesiones a que se refiere la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, a las Administradoras de Fondos para el Retiro, a las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro, y a las Empresas Operadoras de la Base de Datos Nacional SAR.

Realizar la supervisión de los participantes en los sistemas de ahorro para el retiro. Tratándose de las instituciones de crédito, la supervisión se realizará exclusivamente en relación con su participación en los sistemas de ahorro para el retiro.

Imponer multas y sanciones, así como emitir opinión a la autoridad competente en materia de los delitos previstos en la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

La CONSAR, para su organización y funcionamiento cuenta con órganos de gobierno, los cuales son la Junta de Gobierno, el Comité Consultivo y de Vigilancia y la Presidencia de la Comisión, las dos primeras son de carácter colegiado en la cual se encuentran representados el Gobierno Federal, los trabajadores y las empresas, y el Presidente, quien será un ciudadano mexicano, de reconocida experiencia en materia económica, financiera, jurídica o de seguridad social, que representará legalmente a la Comisión, y ejecutará los acuerdos de la Junta de Gobierno.

http://www.consar.gob.mx/
 


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